¿Cuánto paga un guatemalteco promedio en alumbrado público?

Las tasas de alumbrado público son cobros que hacen ciertas municipalidades a todos los consumidores de energía eléctrica de un municipio determinado. Estas tasas han sido criticadas por la discrecionalidad con la que gozan los Consejos Municipales para establecerlas, siendo en algunos casos incluso superiores al propio costo del consumo de energía. El artículo 35 del Código Municipal en el inciso “n” establece que los Consejos Municipales pueden fijar tasas por servicios públicos locales, mientras que el artículo 72 establece que el municipio debe regular los servicios que prestará la municipalidad y podrá cobrar tasas equitativas y justas1.

¿Qué tan equitativas o justas han sido las tasas de alumbrado público?

Por el momento no existe regulación que establezca el mecanismo de cobro que pueden implementar las municipalidades para cobrar la tasa de alumbrado público. Esto ha dejado a los Consejos Municipales cierta discrecionalidad para establecer los mecanismos, siendo estos principalmente:

  • Porcentuales.
  • Fijos.
  • Escalonados según rangos de consumo.

Porcentuales

La primera metodología que se utiliza es el uso porcentual por cantidad de kWh utilizados en una vivienda. Este método se utiliza con mayor frecuencia en el sector central, aunque las municipalidades tienen métodos variados. La Tasa de Alumbrado Público es el cobro que las Municipalidades realizan a sus vecinos por el servicio de Alumbrado Público como un servicio municipal.  El monto o cantidad a cobrar a los vecinos, lo determinan las Municipalidades a través de su Consejo Municipal. El % de la utilización se pondera para el precio que se tiene que pagar para así pagar en relación a su utilización. Una unidad porcentual de utilización representa un coste designado. Un ejemplo de ello es el caso de San Jose Calderas, Chimaltenango, en donde se designa 25% por consumo mensual. En el sector, se observa mucha varianza de la colocación de estos precios pues las tasas son demasiado variables. Si se compara con el municipio más bajo, Santo Domingo Xenacoj, tienen una diferencia substancial en las tasas por sector. 

Fijos

Un costo fijo consiste en el pago de una tarifa constante sobre el alumbrado del sector municipal. Esta metodología se utiliza con la intención de realizar un cobro fijo por la utilización de energía. Estos cobros resultan ser distintos dependiendo de la entidad municipal. Los lugares más costosos que posee precio fijo en la modalidad son San José Peten y Poptún con 78 y 65 quetzales respetivamente. Este precio elevado es de considerar ya el promedio en el sector de occidente es de Q28.56. Además, si se llega a comparar con los últimos puestos, la diferencia en el sector es elevada. Los últimos cuatro municipios tienen cifras menores a 3 quetzales, siendo Guastatoya el más bajo. La realidad es que el rango del costo fijo para la energía es demasiado elevado y susceptible a la manipulación de los precios. El hecho que se realicen estas alteraciones de precio, y que esté en manos de las municipalidades el designarlo, puede repercutir en que haya una cantidad más baja de usuarios de lo normal.

Escalonados según rangos de consumo

Este rubro consiste en asignarle un precio según el rango de consumo de energía. Para que se pueda observar este fenómeno ejemplificado, puede existir el caso hipotético de un aumento monetario de 5 quetzales en un área determinada. Tal es el caso de Cobán, Alta Verapaz. Siendo uno de las comunidades más pobladas de Guatemala, aquí se le asigna un consumo del rango entre 0 y 1000. Tiene una ascendencia de utilización de 50 a partir de 20 quetzales hasta 30. A partir de 300 KW se utilizan rangos de 100 (300 a 400 y 400 a 500) para indicar su utilización. A partir de más de 500 se cobra una cuota de 56 quetzales. Esta propuesta va más acorde a lo que se utiliza en todo el mundo, ya que se cobra por rango de utilización. Es una distribución más equitativa, pues se propone a cobrar mediante a uso. Sin embargo, el rango de distribución del ejemplo en Cobán parece ser arbitrario, pues no hay una distribución lógica después de utilización de 300 kWh.

¿Cuál es el impacto de los cobros de alumbrado público en la facturación?

La Comisión Nacional de Energía Eléctrica -CNEE- hizo un estudio en el 2020 sobre los cobros de alumbrado de público en las municipalidades en el que encontró que los porcentajes que han establecido las municipalidades pueden alcanzar hasta un máximo de 25%. Los cobros fijos, en cambio, pueden llegar hasta los Q78 mensuales. Los cargos por alumbrado público en promedio por departamento van desde un 7.4% hasta un 31.5% sobre el total de la facturación de los usuarios de Tarifa Social2. Sin embargo, cada caso particular varía según el municipio en el que una persona o familia se encuentra y la forma de cobro de esta tasa.

El consumo promedio mensual de un hogar usuario de la Tarifa Social (94% del país según datos del CNEE) es de 84kWh para EEGSA, 60kWh para DEOCSA y 65kWh para DEORSA en 2019. El INDE aporta también un subsidio a los usuarios de la tarifa social acorde a los siguientes rangos de consumo:

Fuente: (CNEE, 2020)

En el caso de EEGSA si tomamos el promedio de consumo mensual calculado por el CNEE, el subsidio aplicable en diciembre del 2019 sería el de Q0.8311 por kWh consumido. Con respecto a DEOCSA sería la de Q0.50 y con DEORSA sería nuevamente la de Q0.8311. Estos datos nos permiten calcular diferentes escenarios en los que el alumbrado público impacta de mayor o menor forma según la forma de cobro en cada caso. Para comprender el impacto del alumbrado público en la factura final, es necesario desglosar los cobros que se hacen en una factura de luz al mes.

Detalles de facturación – diciembre 20203

CargosMétodo de cobroEEGSADEOCSADEORSA
Cargo fijo por clienteTarifa fija definida mensualmenteQ10.062779Q19.968766Q19.861545
Cargo unitario por energíaQ por kWhQ1.212765Q1.838036Q1.743754
Consumo de energíakWh consumidos por el cliente (Promedio CNEE)84kWh60kWh65kWh
Aporte INDE a tarifa socialAporte según rango de consumo de la tarifa socialQ0.8311 por kWhQ0.50 por kWhQ0.8311 por kWh
Alumbrado PúblicoPorcentaje, fijo o mixto dependiendo el municipio
Fuente: Elaboración propia con datos del CNEE.

Con esta información se puede hacer un estimado del impacto de la tasa de alumbrado público en diferentes escenarios. En el caso de EEGSA, los cobros por tasa de alumbrado público se hacen por medio de porcentajes que rondan entre el 0.9% en Santo Domingo Xenacoj y 25% en San José Calderas. Con respecto a DEOCSA y DEORSA, algunas municipalidades cobran como porcentaje y otras como un monto fijo o escalonado, pero predominantemente es por montos fijos. En el caso de DEOCSA el cobro más alto es el de Poptún con Q65 fijos y con DEORSA el cobro de alumbrado público más elevado es de San José, Petén, con Q78 mensuales. Otras municipalidades como la de Cobán tienen cobros escalonados dependiendo el rango de consumo de kWh mensuales.

Proyecciones del impacto de la Tasa de Alumbrado Público

DistribuidoraEEGSADEOCSADEORSA
CasoSan José CalderasPoptúnSan José
Total, cargo sin IVAQ42.12Q100.25Q79.18
Total, cargo con IVAQ47.18Q112.28Q88.69
Tasa de Alumbrado PúblicoQ10.53Q65.00Q78.00
TotalQ57.71Q177.28Q166.69
% de TAP sobre total18%37%47%
Fuente: Elaboración Propia con datos del CNEE

En el caso de EEGSA para el sector central las tasas de alumbrado público porcentuales repercuten marginalmente en el costo final de la energía eléctrica. A pesar de que en San José Calderas el porcentaje de cobro de alumbrado público es el más alto de la región (25%), el impacto es menor que en los casos en los que se cobra una tasa fija elevada. Así mismo, el costo de la energía ya es más elevada en las demás regiones y el cobro fijo de la tasa de alumbrado público impacta aún más en el costo final para los consumidores.

Conclusiones

  • La discrecionalidad con la que gozan las municipalidades para establecer los cobros de alumbrado público impacta seriamente en el pago de consumo de energía de la población guatemalteca.
  • Así mismo, la forma en la que unas municipalidades cobran el alumbrado público afecta la competitividad de empresas que no tienen certeza del costo de energía eléctrica, al ser estas tasas en muchas ocasiones variables.
  • Si bien el CNEE ha permitido que las empresas distribuidoras de energía pongan en la factura los detalles de los cobros que se hace de alumbrado público, existe un impacto en la percepción de la población sobre el costo real de la energía eléctrica.
  • El código municipal establece que el cobro de tasas debe ser justo y equitativo, sin embargo, el cobro de tasas en algunos municipios no responde ante estos criterios. Esto podría tener un impacto en determinadas localidades en donde la desigualdad y la pobreza es alta.
  • Se han planteado iniciativas de ley para regular los cobros que hacen las municipalidades por concepto de alumbrado público, sin embargo, se debería evaluar si existen mecanismos como reglamentos o disposiciones gubernamentales que estandaricen las formas de cobro de estas tasas.

1Código Municipal, Decreto 12-2002, artículos 35 y 72.

2Informe Estadístico 2021, Comisión de Energía Eléctrica – Gerencia de Tarifas.

3Pliego Tarifario, Comisión Nacional de Energía Eléctrica.

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